Micelio
Auto30 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Serna De Mejia Lisbenia·Demandado Alcaldia De Manizales

Tema · dato duro
Demanda De Prescripción Extintiva De Obligación Hipotecaria En Contra De Entidad Pública En Calidad De Cesionaria De Los Créditos Hipotecarios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos que pretendan la declaratoria de la prescripción extintiva de obligaciones civiles garantizadas en contra de entidades públicas
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, causado por una demanda de prescripción extintiva de obligación hipotecaria presentada por un ciudadano, en contra de la Alcaldía de Manizales, cesionaria de los créditos hipotecarios de la Caja de Vivienda Popular de Manizales Liquidada, para solicitar que se ordene el levantamiento del gravamen hipotecario que recae sobre un inmueble ubicado en la ciudad de Manizales.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el proceso está relacionado con la extinción de una obligación de naturaleza civil, litigio que no se encuentra contemplado en el artículo 104 del CPACA y frente al cual no existe una regla expresa de competencia, por lo que debe acudirse a la cláusula general de competencia de la Jurisdicción Ordinaria, especialidad civil, dispuesta en los artículos 15 del CGP y 12 de la Ley 270 de 1996, siendo importante destacar que, aun cuando la entidad demandada es una entidad pública, ello no modifica la naturaleza civil del litigio, el cual se centra en un gravamen hipotecario y en todo caso, no involucra actuaciones administrativas ni el ejercicio del poder público.

Se dispone el envío del expediente al Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales para que continúe con el trámite del proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por la señora Lisbenia Laserna de Mejía en contra de la Alcaldía de Manizales.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-6376 al Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.