A- de 2025
Ponente Miguel Efrain Polo Rosero
✓Demandante Serna De Mejia Lisbenia·Demandado Alcaldia De Manizales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asuntos que pretendan la declaratoria de la prescripción extintiva de obligaciones civiles garantizadas en contra de entidades públicas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, causado por una demanda de prescripción extintiva de obligación hipotecaria presentada por un ciudadano, en contra de la Alcaldía de Manizales, cesionaria de los créditos hipotecarios de la Caja de Vivienda Popular de Manizales Liquidada, para solicitar que se ordene el levantamiento del gravamen hipotecario que recae sobre un inmueble ubicado en la ciudad de Manizales.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el proceso está relacionado con la extinción de una obligación de naturaleza civil, litigio que no se encuentra contemplado en el artículo 104 del CPACA y frente al cual no existe una regla expresa de competencia, por lo que debe acudirse a la cláusula general de competencia de la Jurisdicción Ordinaria, especialidad civil, dispuesta en los artículos 15 del CGP y 12 de la Ley 270 de 1996, siendo importante destacar que, aun cuando la entidad demandada es una entidad pública, ello no modifica la naturaleza civil del litigio, el cual se centra en un gravamen hipotecario y en todo caso, no involucra actuaciones administrativas ni el ejercicio del poder público.
Se dispone el envío del expediente al Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales para que continúe con el trámite del proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por la señora Lisbenia Laserna de Mejía en contra de la Alcaldía de Manizales.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6376 al Juzgado 4 Civil Municipal de Manizales para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 4 Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.